Suele pasar demasiado a menudo. En un país en el que pagamos la factura más cara por este tipo de servicios parece resultar demasiado fácil lanzar una oferta comercial que enganche a nuevos clientes. Al verla es lógico mirarse el bolsillo, hacer cuentas e intentar beneficiarse de la misma.
Es entonces cuando comienza un calvario por el que hemos pasado todos y contra el que la administración no hace absolutamente nada. A continuación comentamos las excusas más comunes de las compañías de telecomunicaciones para no darte de baja de sus servicios.
-El inexistente departamento de bajas. Una de las tácticas más usadas es que el teleoperador te vaya pasando al “departamento de bajas” de manera continua. Cada cinco minutos te irá recordando el famoso “no se retire”. A la media hora colgarás harto de no poder hacer una gestión que está retrasando el mismo que te ha cogido el teléfono.
-“No se puede dar de baja porque tiene permanencia”. Esta frase es más falsa que un duro de madera. Las nuevas compañías ofrecen la posibilidad de pagarte la penalización a cambio, lógicamente, de más permanencia pero que te puedes dar de baja cuando te apetezca es una verdad como un templo.
-“Tendrás que pagar una penalización”. Efectivamente pero sólo si tienes constancia de la cantidad a pagar. Por cierto, nadie te ha explicado que si la penalización es de, por ejemplo, doscientos euros esta cantidad va bajando a medida que pasan tus meses como cliente. Es decir, que si te das de baja un mes antes de que expire tu permanencia te tendrán que hacer el prorrateo correspondiente. Ahora bien, si te das de baja porque la compañía no ha cumplido alguno de los puntos del contrato no te podrán cobrar absolutamente nada.
-“No te puedes dar de baja porque debes algún recibo”. Incierto. La gestión de los recibos impagados no tiene nada que ver con la de las bajas. Cada proceso lleva su camino y no te pueden forzar a seguir siendo cliente por este motivo.
-“Tendrá que pagar por la gestión de la baja”. Otra falsedad. Se paga cuando se recibe un servicio a cambio. En este caso estás pidiendo justamente todo lo contrario por lo que sólo tendrás que recordarle al teleoperador que te recuerde en qué artículo de tu contrato se especifica este problema. Ya verás cómo no sabe responderte.
-“Hasta dentro de dos semanas no se podrá llevar a cabo su baja”. Mentira. El Real Decreto ochocientos noventa y nueve del veintidós de mayo de dos mil nueve lo deja bien claro: la baja ha de ser efectiva en cuarenta y ocho horas. Lo que intentan es cobrarte dos semanas más ilegalmente.
-“Tendrá que enviarnos un fax o un burofax para certificar su deseo de pedir la baja”. Se nota que desconocen totalmente el artículo once punto tres de la orden ITC, mil treinta del doce de abril de dos mil siete en el que se les OBLIGA a aceptar la baja por vía telefónica. ¿En casa del herrero cuchillo de palo?
-Cortes de la llamada de forma abrupta o “en este momento tenemos un problema con nuestros ordenadores y no podemos procesar su petición”. ¿Has intentado llamar al mismo número para decir que te quieres dar de alta a los dos minutos? ¿A que funciona?
-Un mensaje de texto pidiéndote “confirmación por vía telefónica de su baja”. Ni se te ocurra llamar, intentarán liarte ofreciéndote Ceuta y Melilla. ¿Por qué no te lo ofrecieron cuando eras cliente?
-Errores tipográficos siempre a favor de tu actual compañía. A veces siguen enviándote recibos a pesar de que estás ya en otra compañía. Suelen aludir a “la compañía ha rechazado tu cambio por un error tipográfico en la ficha de tu nueva compañía”. Recuérdales que vives cerca de un juzgado si quieres evitar este tipo de problemas.
-Te siguen llegando recibos por alguno de los servicios que tenías contratados. En algunos casos te das de baja de todo pero emiten facturas por los servicios de internet. El Real Decreto antedicho-el primero de los citados-recoge en su artículo veintiséis punto dos que al cambiar de compañía no te pueden cobrar por el alquiler de un terminal inútil o por algunos de los servicios que tenías.
-“Su solicitud se está tramitando” pero te siguen cobrando. El mismo Real Decreto y en el mismo artículo obliga a la empresa a facilitarte un código numérico para conocer el estado de la gestión. No te preocupes, te engañarán diciéndote que el código es por otra llamada al servicio técnico o a lo que se invente. Alude al Real Decreto y no sabrán cómo responderte.
Esperamos haberte ayudado a conocer mejor las tácticas que siguen las compañías de telecomunicaciones para no darte de baja y para entorpecer un proceso tan natural como legal.