A la hora de darse de baja de una compañía de telefonía móvil ya sabrá, como puede leer en otros artículos de esta misma web, los pasos a seguir. Pero ¿Qué sucede cuando queremos darnos de baja del teléfono fijo? ¿Es el mismo procedimiento? No es exactamente el mismo por lo que a continuación le expondremos tanto los pasos a seguir como los trucos de las compañías para exprimirle la cartera al máximo.
Llamar para darse de baja
Es el primer paso. Si ya no tiene permanencia no podrán hacer nada…pero lo hacen. Lo habitual es amenazarle, porque no hay otra palabra más exacta en el diccionario, con que tendrá que pagarles quince días más “según indica su contrato”. Esto es totalmente falso. Según la normativa, un cliente sin permanencia puede darse de baja dos días antes de su paso a otra compañía. Es decir, legalmente solo le podrán cobrar dos días y no quince.
Para que nos entendamos. Si a usted le pasan la factura el día cinco de cada mes podrá darse de baja el día tres sin que suceda absolutamente nada. Si llama el cinco sí le podrán cobrar hasta el siete pero nunca quince días. Si lo hacen se puede denunciar.
Entregar los equipos que le enviaron a su llegada
Recuerde que el router que tiene en casa, aunque lleve años con el mismo y esté más que amortizado, está en régimen de alquiler. Esto quiere decir que no puede quedarse con el mismo porque entonces le pasarán una factura por este concepto. En su llamada pida información de la dirección a la que ha de llevar el equipo. Esta paso lo exigen algunas empresas, otras no. En cualquier caso necesitará un número, o código, con su petición de baja. Cuando lo tenga anotado no olvide llamar de nuevo a las cuarenta y ocho horas para confirmar que todo ha sido procesado correctamente.
La mentira de los quince días
Aunque le digan que todo va bien es posible que le llegue una factura por quince días. Se escudarán en que los quince días es el tiempo necesario para que todo el proceso se lleve a cabo. Esto no es cierto por lo que tendrá que presentar una reclamación ante la compañía y, de seguir en las mismas, ante la oficina de atención al consumidor más cercana.
Controle su permanencia
El que firma es el que pierde, que se suele decir. En muchas ocasiones pensamos que por llevar décadas con una compañía telefónica no tenemos permanencia. Olvidamos que las empresas envían información dando por sentado que “si no indica lo contrario” su permanencia será de equis tiempo. En este caso sí tendría un problema. Podrá darse de baja pero la empresa podrá cobrarle o una sanción o los meses que le queden de contrato.
Le exigen que les envíe un escrito solicitando la baja
Esta práctica está más extendida de lo que parece y va contra la ley. De todas formas, como no cuesta nada, le aconsejamos que busque en internet alguna que otra web que incluye el modelo ya hecho para que lo remita en tiempo y forma. Con la llamada y con este escrito tendrá la certeza de que se dan por enterados consiguiendo así la prueba que necesita para presentarla en cualquier oficina de la compañía o de atención al consumidor.
Vaya a su banco
Es importante ir a su banco para informarle de todo lo sucedido y para que dejen de abonar las facturas que puedan llegar de cumplirse el supuesto de las cuarenta y ocho horas y de no tener permanencia. Le llamarán acusándole de impago y de lo peor pero la ley del consumidor le asiste.
No pierda los nervios
Este último consejo puede parecer obvio e inútil pero no lo es tanto. En muchas ocasiones los comerciales logran sacarle de sus casillas consiguiendo así que aborte el proceso. Les pagan para eso pero recuerde que si ha decidido cambiarse de compañía bien por el atractivo precio de otra empresa, bien porque le apetece, es por algo. Es decir, su operadora no va a mejorar el servicio, ni le va a cobrar menos por más que se lo prometan ahora que quiere marcharse. Suerte y paciencia en su cambio de operadora de teléfono fijo.