Cómo darse de baja en ENGIE
En resumen
- La vía más segura: correo electrónico, porque deja constancia de la fecha.
- Preaviso: Luz, consumidor persona física con tarifa 2.0TD: puedes rescindir en cualquier momento, sin preaviso mínimo legal.
- Teléfono de atención al cliente: 900 525 534 (para informarte; la baja, mejor por escrito).
- Guarda siempre el justificante y revisa el banco los meses siguientes.
En esta guía · 8 apartados
Cómo darse de baja en ENGIE paso a paso
- Decide qué quieres: (A) irte a otra compañía sin quedarte sin luz/gas, o (B) cerrar el suministro porque el inmueble queda vacío. Si alguien va a seguir viviendo allí, lo que toca es un cambio de titular, no una baja.
- Opción A, cambio de compañía: busca el CUPS en una factura de ENGIE y contrata con la nueva comercializadora. Ella pide el cambio a la distribuidora; no tienes que llamar a ENGIE. Cambio en 10 días hábiles como máximo y sin coste en 2.0TD.
- Opción A, después: guarda el contrato nuevo y comprueba que llega la factura de cierre de ENGIE (la liquidación debe llegar en 42 días como máximo tras el cambio, art. 6.1 RD 88/2026). Los servicios de mantenimiento asociados se dan de baja a la vez salvo que digas lo contrario.
- Opción B, baja del suministro: pídela al titular del contrato por correo a clientes@engieclientes.es, carta a Ribera del Loira 28 (Madrid) o el 900 525 534, indicando nombre y DNI, CUPS, dirección y fecha en que quieres la baja. Pide número de referencia o justificante.
- Opción B, después: la comercializadora traslada la baja a la distribuidora, que da de baja el contrato de acceso y, si procede, retira o desconecta el contador. Luz y gas son contratos distintos: pide la baja de cada uno.
- Revisa las siguientes facturas: no debe haber cargos posteriores a la fecha efectiva de baja (salvo la factura de cierre). Si los hay, reclama por escrito.
Canales para pedir la baja en ENGIE
Puedes llamar para informarte, pero pide la baja por un canal que deje prueba de la fecha y del contenido: si luego hay un cobro de más, es lo que te protege.
- Correo electrónicodeja constancia
clientes@engieclientes.es
Correo de atención al cliente. Envía la baja con DNI, CUPS y fecha y pide acuse. - Teléfonono deja constancia
900 525 534
Atención al cliente, L-V 9-19 h (también es el teléfono «a efectos de notificaciones»). - Teléfonono deja constancia
919 531 205
Atención al cliente (número geográfico), L-V 9-19 h. - Carta certificadadeja constancia
ENGIE Clientes, S.L., Calle Ribera del Loira 28, 28042 Madrid
Carta certificada o burofax. - Área de clientedeja constancia
clientes.engieclientes.es
Acceso clientes.
Con cuánta antelación hay que pedirla
Luz, consumidor persona física con tarifa 2.0TD (hogar, hasta 15 kW): puedes rescindir en cualquier momento, sin preaviso mínimo legal (art. 28.3 RD 88/2026). Si te cambias de compañía no tienes que avisar a la actual: la nueva comercializadora tramita el cambio y la ley fija un máximo de 10 días hábiles desde que firmas (ampliable 5 días hábiles si hay que actuar en el contador), sin ninguna tasa por cambiar en 2.0TD (art. 18 RD 88/2026); el contrato anterior se resuelve automáticamente (art. 32). Si pides la baja del suministro sin contratar otra compañía, la comercializadora puede pedir el corte, que se produce a los 5 días hábiles si no acreditas un contrato nuevo (art. 32.3). Gas natural: lo que diga tu contrato (normativa propia: Ley 34/1998 y RD 1434/2002, no afectados por el RD 88/2026). Las condiciones generales de electricidad de ENGIE recogen el derecho del consumidor 2.0TD sin precio fijo a rescindir en cualquier momento sin penalización.
Permanencia y penalizaciones
Persona física con 2.0TD y precio no fijo: sin penalización por irte en cualquier momento. Con precio fijo, si te vas antes de la primera prórroga anual, la penalización máxima es el 5 % de la energía estimada pendiente de suministro, solo si la compañía acredita el daño (art. 28.3 RD 88/2026). Los servicios adicionales contratados con la luz (mantenimiento, seguros, asistencia…) se resuelven a la vez que el suministro salvo que digas lo contrario (art. 32.4). Empresas y potencias mayores de 15 kW: se aplica lo pactado en el contrato. No hay equipos que devolver a la comercializadora: el contador es de la distribuidora (o de alquiler regulado). Para el resto de clientes (empresas, precio fijo), las condiciones de ENGIE prevén una penalización si resuelves antes de tiempo o avisas fuera de plazo de que no quieres prorrogar: gasto operativo por el consumo pendiente o el 5 % del precio por el consumo pendiente, y en productos con coberturas, la diferencia de mercado.
Qué necesitas tener a mano
- Nombre, apellidos y DNI/NIE del titular del contrato (o CIF y poderes si es empresa)
- CUPS del punto de suministro (aparece en la factura)
- Dirección del suministro
- Número de contrato o de cliente
- Si no eres el titular: autorización del titular o documento que acredite tu derecho (escritura, contrato de alquiler, certificado de defunción y herencia…)
Carta de baja para ENGIE
Puedes usar este modelo por correo electrónico, carta certificada o burofax. Sustituye lo que va entre corchetes y adjunta una copia de tu DNI.
Errores y trampas habituales
- Pedir la «baja» cuando lo que quieres es cambiar de compañía: la baja deja la vivienda sin luz (corte a los 5 días hábiles, art. 32.3 RD 88/2026) y volver a dar de alta cuesta dinero.
- Luz y gas son dos contratos: dar de baja uno no da de baja el otro.
- Servicios de mantenimiento o asistencia contratados aparte: por ley se resuelven con la luz salvo que digas lo contrario (art. 32.4), pero revisa que no te sigan cobrando la cuota.
- Llamadas comerciales que dicen ser «tu compañía» para cambiarte de comercializadora: no des el CUPS ni el DNI por teléfono a quien te llame sin pedirlo.
- Factura de cierre: llega después de la baja y es normal; lo que no es normal son cuotas fijas de meses posteriores a la fecha efectiva.
- Negocios y pymes (incluidos los antiguos clientes de Ignis Luz): revisa la fecha de fin y el plazo para comunicar la no renovación; avisar tarde puede costar penalización.
Qué hacer si ENGIE no te da la baja
1) Reclamación por escrito al servicio de atención al cliente de la comercializadora, guardando el número de referencia: debe responder en 15 días hábiles (art. 55 RD 88/2026). 2) Si no responde o no te convence: Junta Arbitral de Consumo (si la empresa está adherida) o entidad de resolución alternativa acreditada (art. 57 RD 88/2026), o la OMIC / servicio de consumo de tu comunidad autónoma. 3) Para fallos técnicos (corte, retirada del contador, lecturas) la responsable es la distribuidora de tu zona, cuyo teléfono figura en la factura. ENGIE Clientes está adherida a la Junta Arbitral Nacional de Consumo.
Hay datos que no hemos podido confirmar en fuentes oficiales y por eso no los publicamos. Si tu contrato dice otra cosa, manda lo que pone tu contrato.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que darme de baja para cambiarme de compañía de luz?
¿Qué pasa si pido la baja y no contrato con nadie?
¿Me pueden cobrar por irme?
Me he ido de la vivienda alquilada, ¿baja o cambio de titular?
Era cliente de Ignis Luz, ¿qué hago?
Fuentes consultadas
- ENGIE Clientes: contacto
- ENGIE Clientes: aviso legal
- ENGIE Clientes: condiciones generales de electricidad
- IGNIS Luz pasa a formar parte de ENGIE España
- Cuatrecasas: Ignis vende a ENGIE el 100 % de Ignis Luz
- Real Decreto 88/2026, Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica (BOE, texto consolidado)