Cómo darse de baja en Esfera Luz
En resumen
- La vía más segura: correo electrónico, porque deja constancia de la fecha.
- Preaviso: Para cambiar de comercializadora no hace falta preaviso: la nueva compañía pide el cambio a la distribuidora en 24 horas laborables y el consumidor tiene derecho a que se haga en un máximo de 10 días hábiles desde que firma el nuevo contrato, sin que se pueda cobrar ninguna tasa por cambiar a un consumidor con tarifa 2.0TD. Si lo que pides es la baja del suministro, el contrato se resuelve cuando la distribuidora active la baja del contrato de acceso.
- Teléfono de atención al cliente: 900 67 01 40 (para informarte; la baja, mejor por escrito).
- Guarda siempre el justificante y revisa el banco los meses siguientes.
En esta guía · 8 apartados
Cómo darse de baja en Esfera Luz paso a paso
- Ten a mano una factura reciente: necesitas el CUPS (código del punto de suministro), el nombre y DNI/NIE del titular y la dirección del suministro.
- Contrata con la nueva comercializadora (web, teléfono o tienda). Ella pide el cambio a la distribuidora: no tienes que avisar a la compañía antigua.
- Guarda el contrato y el documento resumen que la nueva compañía está obligada a enviarte antes de firmar (art. 28.5 RD 88/2026).
- Comprueba que la distribuidora te comunica la aceptación del cambio y la fecha de activación (máximo 10 días hábiles).
- Revisa la factura de cierre de la compañía antigua (debe llegar en 42 días como máximo) y que no te sigan cobrando servicios adicionales.
- Si no quieres cambiar de compañía sino dejar de tener luz (vivienda vacía, derribo, cierre de local), pide por escrito la baja del suministro a la comercializadora indicando CUPS, titular y DNI y la fecha deseada.
- La comercializadora tramita con la distribuidora la baja del contrato de acceso y el corte; el contrato queda resuelto cuando se activa esa baja.
- AVISO: si rescindes el contrato sin haber firmado otro con una nueva comercializadora, la compañía puede pedir el corte y la distribuidora corta el suministro a los 5 días hábiles si no acreditas un contrato nuevo (art. 32.3 RD 88/2026). Si sigues necesitando luz, no pidas la baja: contrata otra compañía.
- Ojo: volver a dar de alta un suministro dado de baja puede exigir derechos de enganche, un boletín de la instalación y nuevo depósito; si vas a alquilar o vender, suele ser mejor cambiar de titular que dar de baja.
- Si también tienes gas con ellos, el gas es un contrato aparte: la nueva comercializadora de gas tramita su propio cambio (o pides la baja del gas por separado). El gas se rige por la Ley 34/1998 y el RD 1434/2002, no por el RD 88/2026.
Canales para pedir la baja en Esfera Luz
Puedes llamar para informarte, pero pide la baja por un canal que deje prueba de la fecha y del contenido: si luego hay un cobro de más, es lo que te protege.
- Correo electrónicodeja constancia
atencioncliente@nexusenergia.com
Correo de atención al cliente que indica su aviso legal (en el mismo aviso figura también atencion.cliente@nexusenergia.com). Pide acuse de recibo e indica CUPS y DNI. - Área de clientedeja constancia
nexusenergia.com
Zona de Cliente de Nexus Energía (y app Esfera Luz); guarda captura de cualquier solicitud. - Carta certificadadeja constancia
Nexus Energía, S.A., Av. Diagonal, 575, módulo II, planta 5.ª, 08029 Barcelona
Carta certificada o burofax con acuse de recibo. - Tiendadeja constancia
Oficinas de Nexus Energía (Barcelona)
Atención personalizada con cita los miércoles de 15:00 a 17:00 (en verano, de 11:00 a 13:00); hay que llamar para reservar. - Teléfonono deja constancia
900 67 01 40
Atención al cliente de hogar, de lunes a viernes de 9 a 17 h según su web (el aviso legal da L-J 8-18 h y V 8-17 h). No deja constancia escrita.
Con cuánta antelación hay que pedirla
Para cambiar de comercializadora no hace falta preaviso: la nueva compañía pide el cambio a la distribuidora en 24 horas laborables y el consumidor tiene derecho a que se haga en un máximo de 10 días hábiles desde que firma el nuevo contrato (15 si hacen falta actuaciones complejas en el contador) (arts. 18 y 19 del RD 88/2026), sin que se pueda cobrar ninguna tasa por cambiar a un consumidor con tarifa 2.0TD (art. 18.3). Si lo que pides es la baja del suministro, el contrato se resuelve cuando la distribuidora active la baja del contrato de acceso (art. 32 RD 88/2026). Si también tienes gas con ellos, el gas es un contrato aparte: la nueva comercializadora de gas tramita su propio cambio (o pides la baja del gas por separado). El gas se rige por la Ley 34/1998 y el RD 1434/2002, no por el RD 88/2026.
Permanencia y penalizaciones
Nexus Energía dice en su ayuda que no hay permanencia y que puedes dar de baja tu contrato cuando quieras sin penalización. Persona física con tarifa 2.0TD (hogar, hasta 15 kW) y precio no fijo: puede rescindir en cualquier momento sin penalización. Solo en contratos a precio fijo antes de la primera prórroga anual cabe penalización, y nunca superior al 5 % de la energía estimada pendiente de suministro, con la carga de la prueba del daño en la comercializadora (art. 28.3 RD 88/2026). Para empresas y potencias mayores se aplica lo pactado en el contrato. Los servicios adicionales (mantenimiento, seguros…) se dan de baja a la vez que la luz salvo que digas lo contrario (art. 32.4). No hay equipos que devolver: el contador es de la distribuidora o de alquiler regulado.
Qué necesitas tener a mano
- Nombre, apellidos y DNI/NIE del titular del contrato (o CIF y poderes si es empresa)
- CUPS del punto de suministro (aparece en la factura)
- Dirección del suministro
- Número de contrato o de cliente (si lo tienes)
Carta de baja para Esfera Luz
Puedes usar este modelo por correo electrónico, carta certificada o burofax. Sustituye lo que va entre corchetes y adjunta una copia de tu DNI.
Errores y trampas habituales
- Los contratos se renuevan solos cada año: un mes antes te envían por correo el precio nuevo; si no te conviene, cámbiate.
- Si tienes «batería virtual» o autoconsumo con Nexus, revisa el saldo acumulado antes de irte.
- En los extractos bancarios ya no verás «Esfera Luz» sino «Nexus Energía»: es la misma relación contractual.
Qué hacer si Esfera Luz no te da la baja
Nexus Energía indica en su web su adhesión al Sistema Arbitral de Consumo. Reclama por escrito a la comercializadora y guarda el número de referencia: tiene 15 días hábiles para contestar (art. 55 RD 88/2026). Si no responde o no te convence, acude a la Junta Arbitral de Consumo o a una entidad de resolución alternativa de litigios acreditada (art. 57), a la OMIC de tu ayuntamiento o al servicio de consumo / energía de tu comunidad autónoma (art. 58). Si te siguen facturando después de activarse el cambio, la factura de cierre debe llegar como máximo 42 días después del cambio (art. 6 RD 88/2026).
Hay datos que no hemos podido confirmar en fuentes oficiales y por eso no los publicamos. Si tu contrato dice otra cosa, manda lo que pone tu contrato.
Preguntas frecuentes
¿Esfera Luz ha cerrado?
¿A quién pido la baja?
¿Me cobrarán por irme?
Fuentes consultadas
- Nexus Energía – Esfera Luz ahora es Nexus Energía
- Nexus Energía – Ayuda hogar
- Nexus Energía – Aviso legal
- Energías Renovables – Lanzamiento de Esfera Luz por Nexus (2016)
- CNMC – Listado de comercializadores de electricidad
- Real Decreto 88/2026, de 11 de febrero, Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica (BOE)