Cómo cancelar la cuenta de Banco Santander
En resumen
- La vía más segura: tienda, porque deja constancia de la fecha.
- Preaviso: Ninguno.
- Teléfono de atención al cliente: 915 123 123 (para informarte; la baja, mejor por escrito).
- Guarda siempre el justificante y revisa el banco los meses siguientes.
En esta guía · 10 apartados
- Cómo darse de baja en Banco Santander paso a paso
- Canales para pedir la baja en Banco Santander
- Qué dice la ley sobre cerrar una cuenta (BOE consolidado)
- Reclamar: primero al banco, después al Banco de España
- Con cuánta antelación hay que pedirla
- Permanencia y penalizaciones
- Qué necesitas tener a mano
- Carta de baja para Banco Santander
- Errores y trampas habituales
- Qué hacer si Banco Santander no te da la baja
Cómo darse de baja en Banco Santander paso a paso
- Traslada nómina, recibos y transferencias periódicas a la cuenta nueva (el banco nuevo puede hacerlo con el servicio de traslado de cuentas).
- Date de baja de Bizum en Santander o haz la portabilidad desde el banco nuevo.
- Cancela o traslada tarjetas, préstamos, depósitos y seguros que se cobren en esa cuenta.
- Deja la cuenta a cero (sin descubiertos).
- Ve a tu oficina o a cualquier oficina de Santander con tu documento de identidad y firma la cancelación.
- Pide copia sellada o firmada de la orden de cancelación y, si quieres, un certificado de cuenta cancelada.
- Inutiliza las tarjetas y revisa el mes siguiente que no hay cargos.
Canales para pedir la baja en Banco Santander
Puedes llamar para informarte, pero pide la baja por un canal que deje prueba de la fecha y del contenido: si luego hay un cobro de más, es lo que te protege.
- Tiendadeja constancia
Tu oficina o cualquier oficina de Banco Santander
Es el canal que indica la FAQ oficial («acudir a tu oficina o a cualquier oficina del Banco Santander»). Lleva tu documento de identidad y pide copia firmada de la orden de cancelación. - Teléfonono deja constancia
915 123 123
Atención al cliente 24 h (también urgencias por fraude). Útil para pedir cita o consultar; no deja constancia escrita. - Correo electrónicodeja constancia
santander_reclamaciones@gruposantander.es
Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente. Úsalo si la oficina no tramita tu cierre: deja constancia escrita. - Carta certificadadeja constancia
Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente, Apartado de Correos 35.250, 28080 Madrid
Para reclamar por escrito (carta certificada con acuse de recibo).
Qué dice la ley sobre cerrar una cuenta (BOE consolidado)
La norma vigente es el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera, artículo 32 «Resolución del contrato marco» (texto consolidado, última actualización 28/12/2023): boe.es/…
- Puedes resolver el contrato en cualquier momento, sin preaviso; el banco debe ejecutarlo antes de 24 horas desde que recibe tu solicitud (art. 32.1). - En una cuenta de pago, el banco te pone a disposición el saldo y tú le entregas, para inutilizarlas, las tarjetas y demás instrumentos de pago (art. 32.2). - Si tienes otro producto que necesita la cuenta (préstamo, hipoteca…), el banco puede mantenerla abierta, pero no subirte su coste (art. 32.2). - Gratis si el contrato tiene más de seis meses; si no, solo comisiones acordes con los costes (art. 32.3). - Solo pagas comisiones periódicas hasta el cierre; las pagadas por adelantado se devuelven en proporción (art. 32.5). - El banco, para cerrar él una cuenta indefinida, debe avisarte con al menos dos meses (art. 32.4).
Para mover recibos y nómina a otro banco existe el servicio de traslado de cuentas del Real Decreto-ley 19/2017 (boe.es/…); el traslado no cierra la cuenta antigua salvo que lo pidas expresamente (art. 11.3).
Reclamar: primero al banco, después al Banco de España
Plazos del banco: 15 días hábiles para quejas sobre servicios de pago (art. 69 RDL 19/2018: boe.es/…), un mes en el resto (Ley 44/2002, arts. 29 y 30, modificados por la Ley 10/2025: boe.es/…).
Banco de España: hay que acreditar que reclamaste antes por escrito al Servicio de Atención al Cliente o Defensor del Cliente y que ha pasado el plazo sin respuesta o te la han denegado. Se presenta en la sede electrónica (sedeelectronica.bde.es/…), en el Registro General (c/ Alcalá 48, Madrid) o sucursales, o por correo postal al Departamento de Conducta de Entidades, c/ Alcalá 48, 28014 Madrid. No vale el correo electrónico. El informe se emite en general en 90 días y no obliga al banco. Nota: la futura Autoridad de Defensa del Cliente Financiero sigue sin crearse; la Ley 44/2002 mantiene a los servicios de reclamaciones del Banco de España, CNMV y DGSFP «hasta la creación de la entidad».
Con cuánta antelación hay que pedirla
Ninguno. El art. 32.1 del Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago (texto consolidado del BOE: boe.es/…) dice que el usuario «podrá resolver el contrato marco en cualquier momento, sin necesidad de preaviso alguno» y que el banco debe cumplir la orden de resolución «antes de transcurridas 24 horas desde la recepción de la solicitud». Es gratuita salvo que el contrato lleve menos de seis meses en vigor (art. 32.3); en ese caso la comisión solo puede ser «adecuada y acorde con los costes». Las comisiones periódicas solo se pagan hasta la fecha de cierre y, si se pagaron por adelantado, se devuelven en proporción (art. 32.5).
Permanencia y penalizaciones
No hay permanencia en una cuenta corriente: la resolución es gratuita salvo que la cuenta tenga menos de seis meses (art. 32.3 RDL 19/2018). Excepción importante (art. 32.2): si tienes con el banco otro producto que necesita una cuenta abierta (préstamo, hipoteca, tarjeta de crédito con saldo, depósito…), el banco puede no cerrar la cuenta mientras ese producto siga vivo; a cambio, no puede subirte el coste de la cuenta ni cobrarte conceptos nuevos si solo la usas para ese producto. Al cerrar debes entregar o inutilizar las tarjetas asociadas y el banco te pone a disposición el saldo (art. 32.2).
Qué necesitas tener a mano
- DNI, NIE o pasaporte del titular (la FAQ de Santander pide llevar el documento de identidad)
- IBAN de destino para el saldo
- Tarjetas asociadas a la cuenta
Carta de baja para Banco Santander
Puedes usar este modelo por correo electrónico, carta certificada o burofax. Sustituye lo que va entre corchetes y adjunta una copia de tu DNI.
Errores y trampas habituales
- Dejar la cuenta a cero NO la cierra: sigue abierta, puede generar comisiones y recibir cargos hasta que pidas la cancelación y te den justificante.
- Recibos domiciliados y transferencias periódicas: cámbialos antes; los que lleguen a una cuenta cerrada no se pagarán y el acreedor te los seguirá reclamando.
- Tarjetas de crédito con saldo aplazado, préstamos o hipotecas asociadas pueden impedir el cierre (art. 32.2 RDL 19/2018).
- Darse de baja de Bizum en esa cuenta ANTES de cerrarla; si no, no podrás activarlo en el banco nuevo hasta que el antiguo te dé de baja.
- Las cuentas con varios titulares pueden exigir la firma de todos: revisa tu contrato.
- Descarga extractos y certificados antes de cerrar; después el acceso a la banca online puede desaparecer.
Qué hacer si Banco Santander no te da la baja
1) Reclama por escrito al Servicio de Atención al Cliente (SAC) del banco o a su Defensor del Cliente y guarda el acuse de recibo. Plazo para contestar: 15 días hábiles si la queja es sobre servicios de pago, como el cierre de una cuenta de pago (art. 69 RDL 19/2018; ampliable a un mes en casos excepcionales con respuesta provisional), y un mes en general (art. 29 y 30.3.a de la Ley 44/2002, redacción de la Ley 10/2025). 2) Si no responden en plazo o te dan la razón solo en parte, reclama al Servicio de Reclamaciones del Banco de España: en su sede electrónica (con certificado digital o Cl@ve: sedeelectronica.bde.es/…), en su Registro General o sucursales, o por correo a Banco de España, Departamento de Conducta de Entidades, c/ Alcalá 48, 28014 Madrid. Teléfono de información: 900 54 54 54. Adjunta la reclamación al banco y su respuesta. El Banco de España no la admite si ha pasado un año desde que reclamaste al banco (o cinco años desde los hechos sin reclamación formal); el informe tarda en general hasta 90 días y no es vinculante. 3) Siempre puedes ir a los tribunales; el correo electrónico no es un medio válido para reclamar al Banco de España. En Santander: Servicio de Reclamaciones y Atención al Cliente, santander_reclamaciones@gruposantander.es, Apartado de Correos 35.250, 28080 Madrid, fax 91 759 48 36. Santander indica que responde en 15 días (servicios de pago) o un mes (resto).
Hay datos que no hemos podido confirmar en fuentes oficiales y por eso no los publicamos. Si tu contrato dice otra cosa, manda lo que pone tu contrato.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden cobrar por cerrar la cuenta?
¿Tengo que avisar con antelación?
¿Pueden negarse a cerrarla si tengo una hipoteca o un préstamo con ellos?
¿Qué pasa con los recibos domiciliados?
¿Y si el banco no contesta?
¿Puedo cerrar la cuenta de Santander por la app?
Fuentes consultadas
- Banco Santander: ¿Cómo cancelar una cuenta bancaria? (FAQ)
- Banco Santander: atención al cliente y reclamaciones
- Banco Santander: aviso legal (CIF y domicilio)
- BOE consolidado: Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago, art. 32 (Resolución del contrato marco); última actualización 28/12/2023
- BOE consolidado: Real Decreto-ley 19/2018, art. 69 (plazo de 15 días hábiles para resolver reclamaciones sobre servicios de pago)
- BOE consolidado: Ley 44/2002, art. 30 (reclamaciones ante el Banco de España; redacción de la Ley 10/2025, en vigor desde el 28/12/2025)
- Banco de España: cómo presentar una reclamación (requisitos, plazos, dirección postal)
- Sede electrónica del Banco de España: reclamaciones, transparencia y buenas prácticas