Calculadora de penalización por permanencia
En resumen
- La penalización tiene que ser proporcional a los días de permanencia que no cumples.
- Pon la penalización total de tu contrato y las fechas, y te decimos el máximo.
Si te das de baja antes de que termine la permanencia, la empresa puede cobrarte una penalización, pero no la cifra entera: la Ley de Consumidores dice que tiene que ser proporcional al número de días no efectivos del compromiso de permanencia. Esta calculadora hace la cuenta.
Cómo se calcula
Penalización máxima = penalización total × días que faltan ÷ días totales de la permanencia. Por ejemplo, si la penalización total es de 150 € por 12 meses y te vas cuando quedan 3 meses, el máximo ronda los 37,50 €.
Lo que la calculadora no incluye
- Un móvil o un equipo financiado: las cuotas que te queden por pagar son una deuda aparte. En telecomunicaciones, si te quedas con un terminal subvencionado, pueden cobrarte su parte pendiente prorrateada.
- Equipos sin devolver (router, decodificador, centralita): se cobran según el contrato.
- Luz con tarifa doméstica: normalmente no hay penalización; solo en contratos a precio fijo antes de su primera renovación, con un máximo del 5 % de la energía pendiente. Lo explicamos en la guía de luz y gas.
- Telecomunicaciones: el contrato no puede durar más de 24 meses y, si te cambian las condiciones, puedes irte sin penalización en el mes siguiente al aviso.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden cobrar la penalización entera aunque me falte un mes?
No. Debe ser proporcional a los días de permanencia que no cumples.
¿Y si mi contrato no dice cuánto es la penalización?
Si el contrato no la fija de forma clara, pídela por escrito a la empresa antes de pagar nada y reclama si no te la justifican.